jueves, 19 de noviembre de 2015

¿Qué cantidad de mi nómina me pueden embargar?


SUELDO MINIMO INEMBARGABLE
Cuando el precio por el que se ha subastado la vivienda en el proceso de ejecución es insuficiente para cubrir la deuda, la cantidad inembargable de los ingresos del afectado será la del salario mínimo interprofesional (645,30) incrementado en un 50%, es decir unos 967,95€.
Esta cantidad aumenta en otro 30% del salario mínimo interprofesional (esto es unos 193,95/mes) por cada miembro del núcleo familiar que no disponga de ingresos propios regulares (ni salario, ni pensión superiores al salario mínimo interprofesional), hasta el límite de dos. Por núcleo familiar se entiende: el cónyuge o pareja de hecho, los ascendientes y descendientes de primer grado que convivan con el ejecutado.   
Los ingresos que superen estos 967,95€, o con una carga familiar los 1161,90 (967,95+193,95), o con dos cargas familiares 1355,85 (967,95+193,95+193,95), serán embargados en un 30% en la cuantía del doble del salario mínimo, en un 50% en la cuantía que esté entre el doble y el triple del salario mínimo, un 60% en la que esté entre el triple y el cuádruple, un 75% en la que esté entre el cuádruple y el quíntuple, y un 90% en la que esté entre el quíntuple i el séxtuple.

miércoles, 11 de noviembre de 2015

La Lucha Sigue !!! Campaña Recogida de firmas contra CAJAMAR en Almuñécar

Compañer@s de la Plataforma Stop Desahucios de Almuñécar, han instalado hoy una Mesa de Recogida de Firmas junto a la Sucursal de Cajamar en nuestra ciudad, reivindicando un cambio de postura de esta entidad ante los casos de familias afectadas por la falta de interés, de esta caja, en negociar y dar soluciones a sus casos.